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Cuando se llega al punto de la autogestión propia de la comunidad es porque seguramente no te fue como debía con las administraciones anteriores, pues ya se acabó ese problema, acógete a tu ASESOR DE COMUNIDAD, Que es la persona que te responderá a todas las preguntas que te surjan en la gestión de tu comunidad.
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Cada Comunidad de vecinos es distinta. Las hay muy pequeñas donde el único gasto de comunidad se refiere a la pintura de la fachada y el mantenimiento de las escaleras, y hay otras que tienen piscina, ascensor e incluso gimnasio que tiene más gastos. Algunas comunidades muy grandes pueden manejar hasta varios de cientos de miles de euros al año. Por este motivo, es importante la figura del Administrador de Fincas y del Presidente de la Comunidad, ambos ayudarán a la gestión administrativa del Edificio y buscarán soluciones para garantizar el ahorro. ¿En qué podemos ahorrar? Seguro que muchos no os lo habíais planteado, por eso os dejamos algunos hábitos y propuestas que os permitirán ahorrar energía en vuestra comunidad. • Utilizar bombillas de bajo consumo, más caras que las tradicionales pero 6 veces más duraderas y con un consumo mucho más bajo, entre un 75% y 80%. • Mantener limpio los sistemas de iluminación. Las lámparas y bombillas cuando acumulan polvo reducen su luminosidad. • Instalar detectores de presencia que iluminen únicamente las zonas que son transitadas, ya que cuando pulsamos el interruptor en la mayoría de los casos estamos encendiendo luces que no prestan ningún servicio. Si esto no fuera posible se debería programar eficientemente que luces deben encenderse cuando se solicite. • Inconscientemente nada más salir o entrar en el portal pulsamos el botón de la luz sin tener en cuenta que es de día, intenta no hacerlo. • Utiliza colores claros en las paredes para dar más luminosidad al portal.

¿ Cúando se puede cambiar de administrador de fincas? El cambio del administrador puede aprobarse en cualquier momento en junta de propietarios (ordinaria o extraordinaria). Aunque exista un contrato firmado con el administrador por un plazo mayor al año, la Ley de Propiedad Horizontal establece que las renovaciones del cargo de administrador se realizarán por plazos de 1 año por lo que vigencias mayores a este periodo no son válidas.